lunes, 24 de agosto de 2009

Propiedad Intelectual


En este artículo se definen los conceptos de Propiedad y Propiedad Intelectual y como se regulan en Chile




Muchas veces, en nuestro diario vivir, hemos escuchado hablar sobre el derecho de autor o de Propiedad Intelectual, ya sea en la televisión, en la radio o cualquier otro medio de comunicación masiva, está claro, que es un término utilizado frecuentemente, pero... ¿Qué es lo que realmente sabemos acerca de este tema? Para eso, lo primero, es saber que es propiedad.  Propiedad se refiere al poder que tiene una persona o un grupo de estas, de forma directa e inmediata sobre un determinado bien u objeto, y por el que se le atribuye la capacidad de disponer libremente del mismo dentro del marco de la ley. Entendiendose el concepto de bien como algo material o inmaterial que posee un valor monetario. Se puede definir como propiedad todo objeto, cosa, bien mueble e inmueble, idea o creación perteneciente a una persona. 
  • La Propiedad Intelectual se refiere al derecho de autor que una persona o un grupo de ellas, posee por la creación o materialización de un idea,  entendiendose estas como creaciones intelectuales de todo tipo, ya sean; obras literarias, artísticas y científicas, también llamadas obras de intelecto humano. El día Mundial de la Propiedad Intelectual Y el Derecho de Autor se celebra el 26 de abril.
Ahora están claros los conceptos, entonces, si existen personas que poseen derechos a utilizar, creear o diponer de un determinado bien ¿Cómo se regula esto?
  • Para poder regular que los derechos de los autores sean respetados en Chile, existe la Ley de Propiedad intelectual 17,336, que fue creada el 28 de Agosto de 1970, durante el gobierno de Eduardo Frei Montalva. Esta ley protege la autenticidad de las obras creadas e inscritas , evitando robos de ideas y reproducción, tanto de obras de autores nacionales como extranjeros residentes en el país. Dando 50 años de protección de la obra a su creador y 50 años más a sus descendientes, luego da la muerte de este. Para lograr que esta ley se cumpla, existen sanciones con multas que van desde 5 Unidades Tributarias Mensuales ($183.960 apróx.) hasta 30 Unidades Tributarias Mensuales y penas de cárcel de presidio menor, las cuales son desde 61 dias hasta 5 años, dependiendo del valor de lo defraudado, serán las sanciones que aplicarán y se encuentran claramente establecidas en el articulo 467 del Código Penal de Chile.
A pesar de existir una ley con sanciones tan claras, en nuestro país no se respetan los derechos que poseen los autores, y eso esta muy claro, vasta con salir a la calle para darse cuenta de como se venden copias de la música o películas que estan recien en estreno, o como con un simple click para acceder a internet aparecen miles de páginas con programas, que sirven para poder descargar libros, fotos, juegos, programas, videos y música de forma gratuita, pero en su mayoria, totalmente ilegal. 
 
La ley es clara y las sanciones también, se sabe que si se sorprende a una persona vendiendo copias ilegales de discos, se sanciona al infractor y su producción se destruye, pero nada esta claro de como se investiga y atrapa a los delincuentes que día a día descargan programas desde internet, si bien solo algunos con el fin de lucrar, todos cometen una falta al derecho del creador de disponer de su obra.

martes, 4 de agosto de 2009


Hoy 04 de Agosto hemos tenido nuestra primera claese de Innovaciones Tecnológicas

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